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TIN de Granada — Guía del Número de Identificación del Contribuyente

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Número de Identificación del Contribuyente (TIN)

El Número de Identificación del Contribuyente (TIN) en Granada es emitido por la Dirección de Rentas Internas (IRD). Es un identificador permanente y único asignado a cada persona física y empresa que se registra ante la IRD. El TIN debe mencionarse en toda la correspondencia, los trámites y los documentos fiscales presentados ante la IRD.

Formato del TIN

PropiedadDetalle
Longitud6 dígitos
EstructuraSolo numérico
Ejemplo123456
Autoridad emisoraDirección de Rentas Internas (IRD)
Portal en líneatax.gov.gd (sistema G-TAX)

El TIN es una cadena numérica de seis dígitos. No hay suma de comprobación integrada ni estructura codificada — es un número de registro secuencial único para cada contribuyente.

El Sistema G-TAX (lanzado en enero de 2024)

En enero de 2024, Granada reemplazó su sistema de administración tributaria anterior por G-TAX, una moderna plataforma digital accesible en tax.gov.gd. G-TAX gestiona los tres principales impuestos mensuales: Impuesto sobre la Renta de Sociedades (CIT), Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y Pago sobre la Renta (PAYE).

Cuando se lanzó G-TAX, la IRD emitió nuevos números TIN a todos los contribuyentes registrados. Los antiguos TIN de 6 dígitos del sistema anterior se mantienen únicamente para los registros históricos (2023 y anteriores). Cualquier declaración, factura o correspondencia de 2024 en adelante debe utilizar el nuevo TIN obtenido a través de G-TAX.

Los contribuyentes ya registrados para el IVA, PAYE o CIT pueden recuperar su nuevo TIN completando el proceso de incorporación en línea en tax.gov.gd, o contactando a la IRD para recibirlo por correo electrónico o postal.

Cómo Registrarse para Obtener un TIN

Los nuevos contribuyentes pueden solicitar un TIN directamente a través de G-TAX haciendo clic en "Solicitar Nuevo TIN", completando el formulario de solicitud y cargando los documentos requeridos. La IRD revisa la solicitud y contacta al solicitante si necesita información adicional.

Los propietarios de empresas deben completar el registro empresarial en la Oficina de Asuntos Corporativos y Propiedad Intelectual (CAIPO) antes de acudir a la IRD. La IRD no aceptará una solicitud de TIN sin un certificado CAIPO válido. Tras recibir el certificado CAIPO, el propietario de una empresa puede visitar la oficina principal de la IRD en el Carenage o completar el proceso en línea en tax.gov.gd.

Las personas físicas pueden registrarse directamente en la oficina principal de la IRD o a través del portal en línea G-TAX.

Registro del IVA

La tasa del IVA en Granada es del 15% (tasa estándar), con una tasa del 10% en servicios de turismo y alojamiento. Una persona que realiza una actividad gravable debe registrarse para el IVA cuando sus entregas anuales brutas a tasa estándar y con tipo cero superen EC$300.000. El registro también se aplica de forma prospectiva: si existen motivos razonables para esperar que las entregas superarán el umbral en los próximos 12 meses, la empresa debe registrarse al inicio de ese período. Las empresas del sector del entretenimiento público deben registrarse independientemente de su facturación. Las declaraciones de IVA y el pago vencen el día 20 del mes siguiente, con intereses por pago tardío del 1,5% mensual.

Impuesto sobre la Renta de Sociedades

Las empresas residentes en Granada tributan sobre los ingresos mundiales. La tasa estándar del impuesto sobre la renta de sociedades (CIT) es del 28%. Las cuotas del CIT se declaran y pagan a través de G-TAX. Las empresas no residentes que operan un establecimiento permanente en Granada tributan sobre los ingresos de fuente granadina a la misma tasa.

Retención en la Fuente

Se aplica una retención en la fuente del 15% sobre los pagos realizados a no residentes, incluidos dividendos, intereses, regalías y honorarios por servicios. La entidad granadina pagadora es personalmente responsable si la retención en la fuente no se deduce y se remite. El pago debe realizarse a la IRD en un plazo de siete días desde la fecha de pago o abono al beneficiario. No se aplica retención a los pagos realizados a residentes fiscales de Granada.

Granada dispone de alivio fiscal mediante tratados a través de:

  • El Acuerdo de Doble Imposición del CARICOM (en vigor desde el 1 de marzo de 1996), que cubre todos los Estados miembros del CARICOM.
  • Un tratado de doble imposición bilateral entre el Reino Unido y Granada.

Los beneficiarios residentes en esas jurisdicciones pueden tener derecho a tasas de retención reducidas o nulas en virtud del tratado aplicable.

Certificado de Situación Tributaria (TCC)

La IRD emite un Certificado de Situación Tributaria que confirma que un contribuyente no tiene deudas pendientes y que todas las declaraciones están al día. Se requiere un TCC para:

  • Transmisiones de propiedades y transacciones inmobiliarias
  • Licitar o ejecutar contratos gubernamentales
  • Determinadas solicitudes de préstamos y financiación

Las solicitudes de TCC pueden presentarse ahora directamente a través del portal G-TAX en tax.gov.gd. Si un contribuyente tiene atrasos — incluidas declaraciones de IVA no presentadas o PAYE impagado — el TCC será denegado hasta que se liquiden todos los saldos pendientes y se presenten las declaraciones faltantes.

Para más información sobre cómo se comparan los umbrales del IVA entre jurisdicciones, véase la guía mundial de umbrales de registro del IVA.


Preguntas Frecuentes

Una empresa extranjera debe completar el registro en CAIPO antes de solicitar un TIN de Granada — ¿cuál es la secuencia exacta?

La solicitud de TIN no puede presentarse ante la IRD hasta que el registro en CAIPO esté completo. Las empresas extranjeras se registran como empresa externa (sucursal) en la Oficina de Asuntos Corporativos y Propiedad Intelectual (CAIPO), lo que requiere designar a un agente local registrado mediante un poder notarial debidamente ejecutado, presentar una carta de solicitud y declaración de particulares por duplicado, y pagar la tasa prescrita. Solo después de recibir el certificado CAIPO puede la empresa iniciar el proceso de registro ante la IRD para obtener un TIN. Si se intenta acudir a la IRD sin el certificado CAIPO, la solicitud será rechazada. [1] [2]

El umbral de registro del IVA en Granada es EC$300.000 — no EC$120.000. ¿Qué desencadena realmente el registro obligatorio del IVA?

El umbral obligatorio de registro del IVA es de EC$300.000 en entregas anuales brutas a tasa estándar y con tipo cero. La cifra anterior de EC$120.000 aparece en guías de terceros desactualizadas y ya no es correcta. El registro es obligatorio cuando el total acumulado de los últimos 12 meses de entregas sujetas a tributación supere EC$300.000, o de forma prospectiva al inicio de cualquier período en el que existan motivos razonables para esperar que las entregas superarán ese importe. Las empresas del entretenimiento público deben registrarse independientemente de la facturación. Una vez registradas, las declaraciones de IVA y el pago vencen el día 20 del mes siguiente, y el pago tardío conlleva intereses del 1,5% mensual. [3] [4]

Granada migró a G-TAX en 2024 y emitió nuevos TIN — ¿qué ocurre con el antiguo TIN de 6 dígitos en los contratos e facturas existentes?

Cuando Granada lanzó el sistema G-TAX en enero de 2024, la IRD generó nuevos números TIN para todos los contribuyentes — los TIN existentes del sistema anterior no se transfirieron. El antiguo TIN permanece en el sistema anterior únicamente para el historial fiscal de 2023 y años anteriores. Los contribuyentes ya registrados para IVA, PAYE o CIT pueden recuperar su nuevo TIN completando el proceso de incorporación en línea en tax.gov.gd, o contactando directamente a la IRD para que se lo envíen por correo electrónico o postal. Cualquier documento, factura o declaración de 2024 en adelante debe hacer referencia al nuevo TIN emitido a través de G-TAX. [5] [6]

Cuando una empresa granadina paga a un no residente por servicios, dividendos o regalías, ¿quién es responsable si no se deduce la retención en la fuente?

La entidad granadina pagadora asume responsabilidad personal por cualquier retención en la fuente que no se haya deducido. La retención en la fuente del 15% se aplica a los pagos realizados a no residentes — incluidos dividendos, intereses y regalías — y debe remitirse a la IRD en un plazo de siete días desde la fecha de pago. Si el pagador no deduce y remite, la IRD le hace personalmente responsable del importe total que debería haberse retenido. No se aplica retención en la fuente a los pagos realizados a residentes fiscales de Granada. Granada dispone de un acuerdo de doble imposición para toda el área CARICOM (en vigor desde el 1 de marzo de 1996) y un tratado bilateral con el Reino Unido, que puede reducir o eliminar las obligaciones de retención para los beneficiarios residentes en esas jurisdicciones. [7] [8]

¿Por qué un saldo de TIN pendiente en Granada bloquea una venta de propiedad o una licitación de contrato gubernamental, y cómo se resuelve?

La IRD emite un Certificado de Situación Tributaria (TCC) únicamente cuando un contribuyente no tiene deudas pendientes y todas las declaraciones están presentadas. Se requiere un TCC para las transmisiones de propiedades, acceder a contratos y servicios gubernamentales, y en algunos casos para solicitudes de préstamos. Si un contribuyente tiene atrasos — incluidas declaraciones de IVA no presentadas o PAYE impagado — el TCC será denegado, lo que bloquea completamente la transacción inmobiliaria o la licitación. El TCC puede solicitarse ahora directamente a través del portal G-TAX en tax.gov.gd. Resolver los atrasos requiere presentar todas las declaraciones faltantes y liquidar los saldos pendientes, tras lo cual la IRD procesará el certificado. Un registro y una declaración consistentes desde el inicio eliminan el riesgo de un TCC bloqueado en un momento crítico. [5] [4]

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