ZATCA en Arabia Saudita - Guía completa
| País | Reino de Arabia Saudita |
| Estado - B2G | Obligatorio |
| Estado - B2B | Obligatorio |
| Estado - B2C | Obligatorio |
| Estado - No residentes | No aplicable |
| Formatos | Código QR en PDF |
| Autoridad | ZATCA |
| Nombre de la red | Zakat Digital (FATOORA) |
| Legislación | Reglamento de facturación electrónica, publicado el viernes 4 de diciembre de 2020 |
Resumen
La Autoridad del Zakat, los Impuestos y las Aduanas (ZATCA) es responsable de la implementación de la facturación electrónica en el Reino de Arabia Saudita. El reglamento que regula la facturación electrónica en el RAS fue emitido por el Consejo de Administración del Zakat el 4 de diciembre de 2020. La implementación incluyó 2 fases: la Fase 1, conocida como «Fase de Generación», comenzó el 4 de diciembre de 2021, y la Fase 2, conocida como «Fase de Integración», comenzó el 1 de enero de 2023.
La facturación electrónica se denomina habitualmente FATOORA en el RAS.
En la Fase 2, las empresas obligadas deben integrar sus sistemas con el sistema de la Autoridad Tributaria para obtener la autorización previa (clearance) de las Facturas Fiscales (incluidas las notas de débito y crédito correspondientes) y notificar las transacciones por las que se han emitido Facturas Fiscales Simplificadas (incluidas las notas de débito y crédito correspondientes).
Las Facturas Fiscales deben presentarse en formato XML (no PDF/A-3) a la Plataforma FATOORA para obtener la «Autorización Previa» mediante API. La Plataforma FATOORA validará si la Factura Fiscal cumple con el Estándar de Implementación XML y realizará comprobaciones referenciales adicionales. Una vez que la Factura Fiscal supere las comprobaciones de validación, la Plataforma FATOORA «Autorizará» la Factura Fiscal incluyendo un Sello Criptográfico y un Código QR en el XML. El XML «Autorizado» se enviará de vuelta al contribuyente mediante API.
Los contribuyentes tienen la opción de generar Facturas Fiscales Simplificadas para las transacciones B2B si el valor de los Suministros Imponibles es inferior a 1.000 SAR. Cabe señalar que las Facturas Simplificadas para transacciones B2C pueden generarse por cualquier valor (incluso para transacciones en las que el valor de los Suministros Imponibles supere los 1.000 SAR). Este límite de 1.000 SAR solo se aplica cuando el proveedor elige emitir una Factura Fiscal Simplificada para transacciones B2B.
¿Quién debe generar facturas electrónicas en el RAS?
La implementación de la Fase 2 se realiza por grupos. El primer grupo es el mismo que el primer grupo seleccionado para la Fase 1. Todas las empresas residentes registradas para el IVA en Arabia Saudita cuyos ingresos superen los 3.000 millones de riales para el año natural 2021 forman este grupo y deben implementar la Fase 2 de la facturación electrónica entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de junio de 2023. Los detalles de los grupos posteriores se anunciarán con 6 meses de antelación antes de la fecha específica de vinculación con el sistema de la Autoridad Tributaria.
Transacciones aplicables
Para cumplir con la normativa, está obligado a generar facturas electrónicas para las ventas nacionales, las exportaciones procedentes del RAS a otras naciones y las transacciones que implican pagos anticipados de bienes y servicios. Sin embargo, las facturas electrónicas no son obligatorias para las transacciones exentas del IVA y sus pagos asociados, las importaciones que entran en el RAS, ni los suministros sujetos al mecanismo de inversión del sujeto pasivo.
Formatos
Factura electrónica estándar o Factura Fiscal

Las Facturas Electrónicas Estándar se emiten generalmente en transacciones entre empresas (B2B). Una Factura Fiscal según el Artículo 53(1) del Reglamento de Implementación del IVA que se genera y almacena en un formato electrónico estructurado a través de medios electrónicos. El formato es XML o PDF/A-3 con XML embebido. Tenga en cuenta que una factura en papel escaneada o su fotografía no se considera una factura electrónica.
Factura electrónica simplificada

Una Factura Fiscal Simplificada según el Artículo 53(7) del Reglamento de Implementación del IVA que se genera y almacena en un formato electrónico estructurado, generalmente emitida para una transacción B2C (empresa a consumidor) y que generalmente no incluye los datos del comprador. Opcionalmente, las Facturas Fiscales Simplificadas también pueden emitirse para transacciones entre empresas en caso de que el valor del suministro sea inferior a 1.000 SAR. Las personas sujetas al Reglamento de Facturación Electrónica estarán obligadas a transmitir todas las Facturas Fiscales Simplificadas a la Plataforma FATOORA en un plazo de 24 horas desde su emisión.
Las Facturas Fiscales Simplificadas deben generarse en formato XML o PDF/A-3 (con XML embebido). La solución de generación de facturas electrónicas del contribuyente debe sellar el XML utilizando el CSID emitido por ZATCA e incluir también un Código QR que cumpla con los requisitos de la Fase 2 (9 etiquetas en formato TLV base64).
Tipos de facturas electrónicas
Proceso de factura electrónica estándar

Modelo de autorización previa de Facturas Fiscales para B2B y B2G
La autorización previa es un modelo de integración de transacciones en tiempo real de Facturas Fiscales, donde tras la integración, el contribuyente envía directamente la factura electrónica antes de compartirla con el comprador. Las Facturas Fiscales se validan en varias categorías de diferente nivel y, si se aprueban, son selladas por la Autoridad y devueltas al contribuyente para ser compartidas con el comprador. La autorización previa se aplica a todas las Facturas Fiscales y sus notas de crédito/débito asociadas.
- El proveedor genera el archivo de factura y lo envía a la plataforma ZATCA
- La Plataforma ZATCA (Fatoora) valida la información de la factura
- El archivo es firmado digitalmente por ZATCA
- El proveedor recibe la factura autorizada y firmada
- El proveedor comparte la factura con el comprador
- El comprador puede verificar el estado de autorización de la factura en la plataforma y/o comprobar la firma digital
Proceso de factura electrónica simplificada

Notificación casi en tiempo real de Facturas Fiscales Simplificadas para B2C
La notificación es un modelo de transacciones casi en tiempo real, donde las Facturas Fiscales Simplificadas y sus notas de crédito/débito asociadas se cargan en la Plataforma FATOORA en un plazo de 24 horas desde su emisión. Una vez cargadas, las Facturas Fiscales Simplificadas se validan y se notifica una confirmación a través de la API al contribuyente.
- El proveedor genera la factura con un código QR que incluye el mapa digital
- El cliente puede verificar la autenticidad de la factura escaneando el código QR. La solicitud también se comparte con la plataforma de facturación electrónica ZATCA para verificar de forma asíncrona la carga de la factura y notificar al usuario cuando el contribuyente la haya cargado
- Los datos de la factura son almacenados por el proveedor bajo la estructura y el formato requeridos en el software de facturación del proveedor
- Los datos de la factura se comparten con la plataforma de facturación electrónica ZATCA cuando haya conectividad disponible (es decir, tan cerca del tiempo real como sea posible)
Nota de débito
Las notas de débito son emitidas por los vendedores para emitir una corrección en valor a los compradores. Las notas de débito se utilizan para aumentar el valor de la factura original o el importe del IVA. Las notas de débito siguen el mismo formato que la factura para la que han sido emitidas.
Nota de crédito
Las notas de crédito son emitidas por los vendedores para reembolsar a los compradores y se utilizan para corregir la información de las facturas si se generaron con un error. Las notas de crédito siguen el mismo formato que la factura sobre la que han sido emitidas.
Cada factura almacenada debe seguir una convención de nomenclatura para el nombre del archivo: Número de Registro del IVA (número de registro fiscal) + Marca de tiempo (fecha y hora en el momento de la generación de la factura) + Número de Referencia de la Factura.
Componentes del código QR
La siguiente información debe estar presente en el código QR:
- Nombre del vendedor
- Número de registro del IVA del vendedor
- Fecha y hora de la factura/nota
- Importe del IVA
- Importe total (con IVA) de la factura/nota
¿Cómo registrarse para la facturación electrónica?
Las entidades deben registrarse con Soluciones de Factura Electrónica conformes. Los contribuyentes podrán conectarse a la API de la Plataforma FATOORA siguiendo los pasos a continuación:
- El contribuyente accede al sitio web del portal FATOORA (FATOORA.zatca.gov.sa) e inicia sesión con las credenciales ERAD
- El contribuyente solicita el código OTP para la solución que desea integrar
- El contribuyente introduce el código OTP en la Solución de Factura Electrónica
- El contribuyente verifica si la solución se ha incorporado correctamente
Edición de facturas electrónicas
Las facturas electrónicas generadas no pueden editarse. No obstante, es posible generar facturas electrónicas para notas de débito y crédito conformes con el IVA, utilizando la plataforma de ZATCA. Estas notas deben vincularse a la factura inicial que se emitió originalmente. Suponga, por ejemplo, que un comprador devuelve un producto y no puede modificar la factura original. En tal caso, puede generar una nota de crédito en el sistema de facturación electrónica. Es importante señalar que todas las actividades de facturación y emisión de notas deben realizarse a través del mismo sistema de facturación electrónica y deben cumplir con la normativa de ZATCA.
Aspectos a tener en cuenta
- Los requisitos de facturación electrónica serán aplicables a todos los bienes y servicios imponibles, independientemente de si están sujetos al IVA estándar o al tipo cero.
- La facturación electrónica es obligatoria para todas las transacciones B2B, B2G y B2C. Al emitir una factura electrónica a un comprador, es necesario proporcionar también una copia impresa.
- Las facturas deben estar en árabe. Si bien es posible traducir o incluir idiomas adicionales, la emisión de la factura electrónica en árabe es un requisito obligatorio.
- Todos los empresarios registrados para el IVA dentro del RAS, a excepción de las personas imponibles no residentes, están obligados a adoptar el proceso de facturación electrónica tanto para las ventas nacionales como para las internacionales. Además, si actúa como tercero en el RAS y emite facturas fiscales en nombre de una persona imponible, también debe cumplir con la normativa de facturación electrónica.